Beneficios fiscales para personas físicas (IRPF)

 

Si durante el año donas hasta 250 euros, desgravas el 80%.

A partir de 250€ desgravas el 40%.

Y si colaboras con ADEPSI durante los 2 años anteriores, desgravas un 45%.

 

Deducción en cuota íntegra | Límite 10% base liquidable

Fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002. Actualizado con la entrada en vigor el 1 de enero de 2024 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.

* Siempre que los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad por el mismo importe.